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  • #49864
    Javier Fuentes
    Superadministrador
      Carbonero wrote:
      Una compañera está haciendo el curso para el centro coordinador, me ha dicho, y de ahí mi sorpresa, que si en un aviso urgente sobrepasamos la velocidad permitida, el summa no responde y no asume la posible  sanción, parece que sólo lo hace en avisos emergentes, yo creía que  sí debería responsabilizarse, porque además me he dado cuenta, y creo que es para tener tiempos de respuesta acordes con lo que quieren conseguir, que en avisos urgentes ya pulsan ellos la movilización aunque no nos hayamos puesto en marcha, luego, entiendo que si es importante la rapidez a la hora de pulsar la movilización, también lo es llegar en el menor tiempo posible, pero parece ser que no es así, y debemos mantenernos dentro de los límites que marque la señalización. Yo por mi parte trataré de llegar en el menor tiempo posible aún superando los limites de velocidad. Pero lo que me parece muy fuerte es que esto lo sepan en el centro coordinador y no lo sepamos quienes estamos en la calle y quienes resultaremos directamente afectados.
      En otro momento comentaré otra información que también me ha llamado la atención. Perdón y un saludo.
      #52967
      Javier Fuentes
      Superadministrador
        emilio wrote:
        Según las Instrucciones Técnicas al respecto (anticuadas pero todavía vigentes) los avisos pasados a unidades de SUMMA pueden ser de tres tipos, según su prioridad:

        0 – Emergente: activación inmediata, circulación con prioritarios.

        1 – Urgente: activación inmediata, proritarios a criterio del médico del recurso.

        2 – Normal: tiempo activación a criterio del médico del recurso, circulación sin prioritarios.

        Si vamos a un aviso urgente (pr. 1) en el que nuestro médico ha determinado que son necesarios los prioritarios, podemos dejar de respetar las normas según se regula en el RGC (bajo nuestra exclusiva responsabilidad), y estaremos cubiertos legalmente para ello, por lo que el servicio debería recurrir las multas. Por supuesto, si tenemos un accidente la responsabilidad será nuestra.

        Si vamos a un aviso urgente (pr. 1) en el que nuestro médico ha determinado que NO son necesarios los prioritarios debemos ceñirnos estrictamente a las normas de circulación, tardemos lo que tardemos en llegar al aviso. En ese caso, evidentemente las multas no serán recurridas.

        ¿Era algo parecido a esto lo que contaron en el curso?

        #52968
        Javier Fuentes
        Superadministrador
          Chiquitin wrote:
          Si lo malo de todo esto es la practica:

          Vas a un aviso urgente (pr.1), con prioritarios y sirenas en caso necesario, te salta el radar “x”…. llega la multa al Summa 112….:

          – en personal indican a la DGT quien era el conductor.
          – La sanción te llega a ti, como conductor en esa hora y ese día.
          – El Summa 112 te dice que vaya por dios, pero tendrás que recurrirla….
          – Te buscas la vida con empresas quita-multas, sindicatos, etc para que la sanción sea anulada.
          – Te piden los datos del aviso donde ibas….. y entonces… ¿Que haces?
          – O tienes los avisos bien apuntaditos cada guardia para reconocer a posteriori a que incidente ibas o te lo comes con patatas porque el Summa112 no te va a dar los datos del aviso….

          Es así, o creéis que me equivoco??

          :saludos:

          #52969
          glaciar
          Participante

            Esto no es nuevo, llueve sobre mojado. No se tiene patente de corso, incluso policía, bomberos, etc. responden de las infracciones cometidas.
            “Se tienen que respetar las normas de tráfico, siempre será responsable la persona que conduce”

            #52970
            Javier Fuentes
            Superadministrador
              Carbonero wrote:
              Es parecido o exacto a lo que dice Emilio.
              Yo llevo en este servicio desde el año 1990 y hasta hace dos días desconocía lo comentado en el tema. Hace años los avisos urgentes se hacían con prioritarios, sirena y en el menor tiempo posible. Desde mi punto de vista el médico no tiene-debe decidir-intervenir en la manera en la que tenemos que hacer nuestro trabajo.

              Urgente: activación inmediata, prioritarios a criterio del médico del recurso

              Posiblemente ante la demora en llegar a un aviso, la familia no le pedirá responsabilidad al médico sino al conductor-técnico. Y tampoco sería la primera vez que alguien se escuda en que el conductor no encontraba la calle.
              También es el momento de recordar que la responsabilidad de utilizar prioritarios y sirenas es del conductor
              Por otro lado, si el centro coordinador establece que un aviso es urgente, ¿qué autoridad tiene el médico para transformarlo en normal?.

              #52971
              Javier Fuentes
              Superadministrador
                font_s wrote:
                Siempre debes estar a las ordenes del medico.Es el jefe de la demanda sanitaria.
                #52972
                Javier Fuentes
                Superadministrador
                  tuchinta wrote:

                  Siempre debes estar a las ordenes del medico. Es el jefe de la demanda sanitaria.

                  :saludos:  :saludos:  :saludos:

                  No siempre, no siempre…. A mi a habido médicos que me han dicho que pusiera rotativos para ir a cenar porque había mucho atasco.  😡  😡  😡
                  En todo caso el que lleva la rosca es el responsable ante las autoridades SIEMPRE, por lo que todo lo relativo a la conducción es cosa suya, por lo que hay que saber que es lo que se hace, y además como dice carbonero si un médico coordinador dice que un aviso es urgente, ¿A que médico de los dos hacemos caso? ¿Al del CCU o al que llevamos a la derecha? (En el caso de que nuestro compañero diga que la patología no es urgente claro)

                  :saludos:  :saludos:  :saludos:

                  #52973
                  Javier Fuentes
                  Superadministrador
                    font_s wrote:
                    Supongo que tu también cenabas…. Y una vez pasado el aviso desde el CCU el único jefe
                    de la demanda sanitaria es el Médico (ese que llevas a la derecha).
                    Si no aprendemos a obedecer, mal vamos.
                    #52974
                    Javier Fuentes
                    Superadministrador
                      Pelusete wrote:
                      font_s wrote:
                      Siempre debes estar a las ordenes del medico.Es el jefe de la demanda sanitaria.
                      Las cosas no son así, font_s, a mi ningún medico me va a hacer poner las sirenas en un vir-1, es muy sencillo:
                      El carnet es mio, y el que se la juega soy yo, nadie mas, y si los avisos de vir-1 son exactamente los mismos que hacen los coches médicos, y estos no utilizan prioritarios ni sirenas para ir, tampoco lo voy a hacer yo, y que venga alguien a decirme lo contrario.

                      font_s wrote:
                      Si no aprendemos a obedecer, mal vamos.

                      Lo de obedecer es para los ejércitos, no para este trabajo. Madre mía, si hubiéramos hecho caso ciego a ciertos médicos alguna vez, en que cárcel estaríamos hoy… Menos mal que hay enfermeros y técnicos que les hemos parado los pies, gracias virgencita!

                      #52975
                      Javier Fuentes
                      Superadministrador
                        pma-112 wrote:
                        Hola

                        Me vais a perdonar, pero yo  he hecho el curso del CCU, esta ultima edición y no se hablo para nada de exceso de velocidad, es mas, si bien sabéis la responsabilidad de la misma es del conductor, y ateniéndonos al vigente código o reglamento de circulación, no es el SUMMA quien dice lo contrario, es el conductor quien por motivos de la urgencia, (eso si se hablo) el medico de la unidad decide si un VIR 1, pasa a ser con prioritarios y sirena. Y el reglamento dice que sí se puede exceder el limite, quien es el SUMMA para decir lo contrario

                        Pero en ningún caso se dijo que el SUMMA no se haga cargo, y si te digo que el SUMMA reenvía a la Jefatura de Trafico todas las denuncias que envían por exceso de velocidad

                        Espero haber aclaro este tema

                        Un saludo

                        #52976
                        Javier Fuentes
                        Superadministrador
                          aaron wrote:
                          pues yo soy médico y creo que hay avisos que dan urgentes y son menos urgentes que otros que parecen normales o que otros que tb dan como urgentes, creo que el medico ante la patología que le describen y algunas veces después de hablar con el medico que coordino el aviso si puede decirle (no ordenarle por supuesto) al técnico conductor que ponga los rotativos, igual que ante la patología decide sacar o no al due del suap. porque si llego tarde a un aviso por culpa del conductor puede ocurrir, no ya que te pongan la cara colorada puede ocurrir que el paciente haya empeorado demasiado y al que le parten la cara es al medico y el que va a responder ante un juez es el medico que al fin y al cabo es el ultimo responsable de la unidad incluyendo la actuaciones y cito textualmente de los miembros de su equipo (estatuto marco, ley de la función publica, y creo que viene en un par  de sitios mas)
                          #52977
                          Javier Fuentes
                          Superadministrador
                            MURCI wrote:
                            Varias cosas:
                            1º desde k un compañero me comento k le multaron por una foto de un radar, por cierto al final el summa la recurrió y no paso nada al compañero, yo cuando comienzo una guardia intento coger un papel y un boligrafo y me apunto los datos interesantes por si acaso, nº aviso, nombre paciente, dirección, hora de activación y finalización y hospital de ingreso.
                            2º cuando yo estaba en el VIR a todos los avisos íbamos con prioritarios, consensuado por los 3 miembros del equipo, ya que el paciente no tiene la culpa que se discriminen los recursos, y muchas veces de los avisos VIR-1 eran unos marrones k no veas.
                            4º lo de ir a cenar como ir a guardar con prioritarios k cada uno haga lo k le de la gana, pero eso si k después no se queje, yo no lo veo correcto ya que con la cantidad de sirenas k tenemos en Madrid como para ir a comer con sirenas, después paramos en la puerta del restaurante y cuando salimos a un aviso nos quejamos porque los demás usuarios de la carretera no se quitan…

                            saludos a tod@s  :saludos:  :saludos:  :saludos:  :saludos:
                            3º yo creo k en el recurso todos somos compañeros y no estoy de acuerdo en OBEDECER a nadie, las cosas se hablan y se llega a un acuerdo, lo de obedecer se quedo un poco lejos LA MILI.

                            #52978
                            Javier Fuentes
                            Superadministrador
                              tuchinta wrote:
                              font_s wrote:
                              Supongo que tu también cenabas…. Y una vez pasado el aviso desde el CCU el único jefe
                              de la demanda sanitaria es el Medico (ese que llevas a la derecha).
                              Si no aprendemos a obedecer, mal vamos.

                              Cenar cenamos los cuatro que vamos en el recurso….. pero porque haya un atasco no voy a abusar de la potestad que me dan unas sirenas y unos rotativos, y utilizarlos mal. Si tardo más en sentarme en la mesa; me j…. y me aguanto, pero yo y el que venga conmigo, que el carnet, que es con lo que me gano la vida es mío, y te repito ante el juez que es el que me va a pedir explicaciones respondo yo y solo yo, que todavía estoy esperando que en caso de accidente o multa citen como imputado a un médico o cualquier otro miembro de la dotación (cosa por otra parte lógica). Y no te confundas que el único jefe de la demanda sanitaria será el médico, pero únicamente cuando se ha llegado al aviso, hasta que se llega el responsable es el conductor, para lo bueno y para lo malo. De todas maneras creo que ir a cenar no es ninguna demanda sanitaria, por lo menos por ahora, y si no nos darían un número de aviso o algo así.
                              Respecto a lo de obedecer……………, pues ya te lo han dicho más arriba en el servicio militar se daba mucho antiguamente,………….

                              #52979
                              Javier Fuentes
                              Superadministrador
                                font_s wrote:
                                el médico es el ultimo responsable de la atención sanitaria. Obedecer no es
                                un termino militar, es un termino amigable. Su correcta aplicación es la clave.
                                #52980
                                Javier Fuentes
                                Superadministrador
                                  quetecuen wrote:
                                  Respondiendo a Carbonero ,y sin entrar en la polémica de quien manda,  pongo los artículos del código de circulación, es decir la ley vigente independientemente de lo que digan unos y otros, como en otros temas ya tratados de , pesos , ocupantes, la ley es la ley…………..o no. 😕

                                  SECCIÓN 4ª VEHÍCULOS EN SERVICIOS DE URGENCIA

                                  ARTÍCULO 67. Vehículos prioritarios.

                                  Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter. Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta Sección.

                                  Los conductores de los vehículos destinados a los referidos servicios harán uso ponderado (según la RAE,que procede con tacto y prudencia) de su régimen especial únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente y cuidarán de no vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales de los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya.

                                  La instalación de aparatos emisores de luces y señales acústicas especiales en vehículos prioritarios requerirá autorización de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en las normas reguladoras de los vehículos.

                                  ARTÍCULO 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.

                                  Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos del presente Reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad, las normas de los Títulos II, III y IV de este Reglamento, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

                                  Los conductores de dichos vehículos podrán igualmente, con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de la misma.

                                  Los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesario cuando presten auxilio a los usuarios de la misma o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación.

                                  Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173 de este Reglamento, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.

                                  Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.

                                  Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves.

                                  ARTÍCULO 69. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios.

                                  Tan pronto perciban las señales especiales que anuncien la proximidad de un vehículo prioritario, los demás conductores adoptarán las medidas adecuadas, según las circunstancias del momento y lugar, para facilitarles el paso, apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si fuera preciso.

                                  Para la ley no existe el término emergencia si te das cuenta, solo habla de “en servicio urgente”, si no por esa regla de tres ninguna ambulancia de SVB podría llevar prioritarios.

                                  Personalmente no he tenido ningún problema en este sentido con la ley , me consta que nuestra jefatura se lo curra, el día que lo tenga ya veremos que ocurre. :saludos:  :saludos:

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