Pues eso, echarle un ojo a la noticia que tiene gracia...
http://www.elfarodelguadarrama.com/noticia/34312/Comarca/Preocupacion-entre-las-agrupaciones-de-Proteccion-Civil-ante-el-decreto-sobre-transporte-sanitario.html
Vamos a ver señores políticos desconocedores de la norma... ¿Que quieren que una agrupación de voluntarios no tengan una TITULACION ACADEMICA OBLIGADA por decreto y que obvien la norma para que sigan haciendo transporte sanitario?
:o :o :o
Osea, compañeros nuestros (donde me incluyo) estamos haciendo esfuerzos, sacándonos el TES como dice LA LEY, sacándonos unidades de competencias (asignaturas) por libre por la comunidad autónoma que puedes porque Madrid pasa de todo, intentando sacar certificados de profesionalidad esos que nuestras empresas pasan de dártelo y la Consejería de Empleo pasa de sacar el procedimiento de certificación de profesionalidad y ¿ahora nos vienen los pastores con estas? ¿que prevariquen y se salten una LEY que es igual para todos? ???
Pues que se vayan aprendiendo esta ecuación desde junio 2012:
TES = TITULACIÓN ACADEMICA REGLADA PARA MONTARSE EN UNA AMBULANCIA
TEM= TITULACIÓN NO REGLADA
Uno de estos dos, a partir del RD1397/2007 y Decreto 54/2009, junto con las caracteristicas tecnico-sanitarias del RD 836/2012, desde YA esta haciendo intrusismo profesional, quitando la salvedad que dicen las disposiciones adicionales sobre el personal que esté trabajando en ambulancias a la salida del decreto que podrán seguir trabajando en las mismas, ojo, pero tarde o temprano si no tienen la titulación, necesitarán esa certificación profesional que la Consejeria de Empleo está haciendo aguas...
Asi que, o fo...mos todos o la ...uta al rio. :x
:saludos: